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Jesús María es el primer municipio en sancionar a padres por omisión de cuidado

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El Municipio de Jesús María se convirtió en el primer municipio del estado en aplicar sanciones directas a padres de familia por la falta administrativa de omisión de cuidado, cuando adolescentes a su cargo incurrieron en infracciones y sus responsables no cumplieron con las medidas correctivas y de orientación ordenadas por la autoridad cívica.

De acuerdo con el Reglamento de Justicia Cívica vigente, la omisión de cuidado se configura cuando madres, padres o tutores no cumplen con su deber de vigilancia, atención y responsabilidad respecto de los adolescentes infractores, o bien desatienden las determinaciones dictadas por el Juez Cívico.

Durante el fin de semana pasado se llevaron a cabo audiencias cívicas en contra de padres de adolescentes infractores que no acudieron ni cumplieron con las actividades y talleres establecidos como parte de las medidas correctivas, lo que actualizó y dio continuidad a la falta administrativa de omisión de cuidado.

En dichas audiencias, la autoridad determinó la aplicación de sanciones, las cuales, conforme a la ley, pueden consistir en multas económicas o arresto administrativo, con la posibilidad de conmutarse por trabajo en favor de la comunidad. En estos casos, los propios padres optaron por cumplir la sanción mediante trabajo comunitario, evitando el pago de la multa.

Estas acciones tienen como finalidad inhibir la reincidencia, reforzar la responsabilidad parental y dejar en claro que la conducta de los adolescentes también implica obligaciones legales para quienes ejercen la patria potestad o custodia.

Cabe destacar que Jesús María cuenta con este marco normativo desde 2023, y que durante 2024 y gran parte de 2025 la autoridad cívica privilegió la orientación, el acompañamiento familiar y el cumplimiento voluntario, a través de una estrategia integral basada en la cultura de la legalidad, esquema con el que Jesús María es actualmente el único municipio en el estado.

Fue únicamente un bajo porcentaje y de manera reciente el que incurrió en el incumplimiento de dichas medidas, motivo por el cual, y tras haberse agotado las vías formativas y preventivas, en este 2025 la autoridad procedió a ejecutar las sanciones previstas en la ley, reafirmando que la omisión de cuidado no es tolerable cuando existe desinterés reiterado en la supervisión de los hijos.

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