Filtrar y difundir imágenes y documentos de víctimas es un delito, mismo que se castiga con prisión desde 6 meses hasta 3 años, según se estipula en el Código Penal del Estado, reforma recientemente aprobada y que a decir de su promotora, la diputada Sanjuana Martínez Meléndez, deberá ser aplicada particularmente en el caso del magistrade Ociel Baena, víctima de este ilícito.
«Esta ley es muy clara y habla sobre dos delitos: uno es el hecho de exhibir o exponer, ya sea en videos o en fotografías el cuerpo o los cadáveres o restos de alguna persona sin autorización de las personas afectadas o de la misma autoridad, y el segundo delito sería que la misma autoridad da el permiso de difundir estas fotografías».
La legisladora destaca que son los Artículos 169, Fracción IV y 183, Fracción VI, del Código Penal del Estado, donde se contemplan tales delitos, mismos que alcanzarían a elementos policiacos o de la Fiscalía responsables de filtrar las imágenes, además de los medios de comunicación que las difundieron, para lo cual destaca, se exhorta a familiares de las víctimas a interponer las denuncias correspondientes.
«En este caso sí tendrían que denunciar las personas que resultan afectadas por haber exhibido el cadáver y estas fotografías, yo les pediría más bien a quienes hayan resultado afectadas que puedan denunciar, háganlo por favor, ya está la ley Ingrid y es un decreto y esto los puede respaldar».


