Declara la Suprema Corte de Justicia la inconstitucionalidad de los artículos que penalizan el aborto en Aguascalientes. con 4 votos a favor contra 2 en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte avaló el proyecto con base en el amparo promovido por organismos civiles como GIRE, Cultivando Género y Morras Help Morras, con el cual se determina que vulneran derechos reproductivos de la mujer Los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 101 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes; El artículo 102 en su totalidad del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, entre otros, los cuales deberán ser derogados por el Congreso del Estado.
El fallo además hace extensivos a todas las autoridades del Estado de Aguascalientes, con la finalidad de que no deberán aplicar las normas declaradas inconstitucionales tanto en el presente como en el futuro, además de aplicar efectos retroactivos y beneficiar a personas sentenciadas o procesadas por interrumpir el embarazo.


