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Aprueban financiamiento público de partidos políticos para 2024 en Aguascalientes; se repartirán más de 98 millones

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En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) aprobó el proyecto de financiamiento público estatal (actividades ordinarias y específicas anuales), así como los montos relativos a gastos de campaña para partidos políticos nacionales acreditados en el estado y para candidaturas independientes, a ejercer en el Proceso Electoral Concurrente Ordinario 2023-2024.

El presupuesto total a ejercerse en el próximo año es resultado de fórmulas contenidas en los artículos 31,33,34 y 35 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, lo que da como resultado un monto de $98,562,778.14 pesos a distribuirse a partidos políticos y candidaturas independientes, en caso de registrarse en las elecciones de Diputaciones Locales y Ayuntamientos.

Para que un partido político cuente con recursos públicos locales, deberá haber obtenido al menos el 3% de la votación válida emitida en la elección por la Gubernatura, Diputaciones Locales o Ayuntamientos, del proceso electoral local inmediato anterior.

Al no haber alcanzado esta cantidad de votación en el último proceso electoral, el Partido del Trabajo (PT) y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) únicamente tiene derecho a recibir financiamiento para gastos de campaña, no así para actividades ordinarias y específicas para el resto del año.

La distribución pormenorizada para cada partido político se realizará, conforme a las fórmulas indicadas en el Código Electoral, en el mes de enero del próximo año, una vez que sea aprobado el proyecto presupuestal por el Congreso del Estado.

Las actividades ordinarias de los partidos políticos contemplan el sostenimiento de las actividades, estructura, sueldo y salarios de las personas que integran la organización de los partidos políticos.

Para este fin, se consideran $73,117,787.93 pesos a distribuirse durante el 2024, resultado de la multiplicación de la cifra de ciudadanía inscrita en el padrón electoral, con actualización al mes de julio, por el 65% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), según el artículo 33, fracción I del Código Electoral.

Por otra parte, para actividades específicas se prevé un recurso de $2,193,533.64 pesos, equivalente al 3% del monto total de financiamiento ordinario de los partidos políticos, de conformidad al artículo 35 del Código Electoral.

Dentro de las actividades específicas se incluyen la educación, capacitación política, investigaciones socioeconómicas y políticas, así como para actividades editoriales e información de interés para las personas militantes y simpatizantes de los partidos.

Finalmente, en vísperas del Proceso Electoral 2023-2024 se considera una bolsa de $21,935,336.38 pesos para gastos de campaña para las elecciones de Diputaciones Locales y Ayuntamientos, que se calcula con base en el 30% del financiamiento público ordinario, como se señala en el artículo 34, fracción II del Código Electoral.

En lo que se refiere al PT y PVEM, el presupuesto determinado para gastos de campaña se calcula tomando como base el 2% del financiamiento anual ordinario y el 30% que corresponde con la fórmula para gastos de campaña, que arroja una cantidad de $438,706.73 pesos para cada uno, sumando un total de $877,413.46 pesos.

Asimismo, se agregó una partida presupuestal de $438,706.73 pesos para distribuirse en las candidaturas independientes que contiendan a un cargo público local, monto que se obtuvo de lo establecido en el artículo 388, fracción I, del Código, que indica que las candidaturas independientes recibirán un financiamiento similar al de un partido de nueva creación.

En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó las manifestaciones de intención de cambio de modalidad para la celebración de asambleas del proceso de conformación de partidos políticos locales, presentadas por las organizaciones ciudadanas “Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario A.C.” y “Demócratas Sociales A.C.”, con la finalidad de realizar asambleas municipales en lugar de distritales.

Al respecto, cada asociación deberá realizar ocho asambleas en igual cantidad de municipios, registrando cuando menos al 0.26% de las personas inscritas en el padrón electoral de cada demarcación.

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