A partir de este martes 13 de agosto, dispositivos electrónicos de captura audiovisual, como cámaras fotográficas y de video, ya pueden utilizarse por corporaciones de vialidad en los 11 municipios con el fin de levantar infracciones de tránsito, dado que fue publicada este lunes 12 en el Periódico Oficial del Estado una reforma a la Ley de Movilidad la cual integra esa posibilidad.
Fue el diputado Jaime González de León quien en abril del año pasado presentó esta iniciativa, misma que fue aprobada con 21 votos en junio pasado decreto ya publicado, mismo que modifica la Fracción 39 del Artículo 3 de la Ley de Movilidad, quedando de la siguiente manera:
“Dispositivos de control del tránsito son el conjunto de señales, marcas, semáforos, dispositivos diversos y/o instrumentos electrónicos, fotográficos o de video, y demás elementos que se colocan en las vías con el objeto de prevenir, regular, ordenar y guiar la circulación”.
Con estas modificaciones legales, los 11 Ayuntamientos ya no tendrán impedimentos legales para implementar programas como las Fotomultas, considerando que al ya estar también en la Ley General de Movilidad, de aplicación nacional, prácticamente se elimina la posibilidad de que la eventual aplicación del programa se revierta mediante recursos legales.